Herencias

Herencias

El empezar a hablar de una herencia implica que una persona ha fallecido y ésta tiene una serie de bienes, derechos y obligaciones que se transmiten a otras personas, familiares o no, y puede que la persona fallecida haya hecho testamento o no. En más de una ocasión se mezclan intereses económicos, familiares y personales con sentimientos, recuerdos..., que pueden hacer que una herencia se convierta en un enfrentamiento de por vida.

Es por eso que desde nuestro despacho de abogados en Pamplona queremos dar un tratamiento muy especial a este tema, dada la gran cantidad de conflictos y procedimientos legales que se originan y que de no contar con un cualificado asesoramiento jurídico, puede acarrear una pérdida o menoscabo de la herencia que nos corresponde.

¿Qué es lo que necesitamos para adjudicarnos la herencia de una persona que ha fallecido? Va a depender también de si es de aplicación el Derecho Foral de Navarra dependiendo de si la persona tenga la condición foral navarra o no.

Lo primero de todo tendremos que tener un Certificado de Defunción que es el certificado oficial que acredita que la persona ha fallecido. Una vez obtenido éste, hemos de tener el Certificado del Registro de Últimas Voluntades que nos diga si el fallecido otorgó o no testamento. Si hay testamento o sucesión testada, habrá que acudir a la Notaría donde se otorgó y solicitar una copia para determinar la voluntad del fallecido, siempre y cuando esta voluntad cumpla con las leyes vigentes.

Si no hay testamento o sucesión abintestato o intestada, y es de aplicación el Derecho Foral de Navarra, habrá que distinguir entre bienes troncales, que son aquellos que el fallecido adquirió por herencia o donación familiar y no troncales, que son todos los demás. En el caso de los troncales, el orden de sucesión sería de: hermanos, ascendientes y colaterales. En el caso de los no troncales el orden de sucesión sería de: hijos, hermanos, ascendientes, cónyuge, colaterales hasta sexto grado y en su defecto.

Una vez hecha esta distinción, el siguiente paso es inventariar y valorar los bienes que componen la herencia. Cuando ya están inventariados y valorados, procede la aceptación y repartición de la herencia mediante escritura pública de aceptación y adjudicación ante Notario.

El siguiente paso es el pago del Impuesto de Sucesiones a la Agencia Tributaria. Y por último hay que cambiar la titularidad de los bienes acudiendo a los diferentes Registros Públicos.

Como se observa, son trámites complicados que requieren ser llevados por un asesor jurídico cualificado y es aquí donde nuestro bufete de abogados en Pamplona puede ofrecerles el mejor asesoramiento legal para su caso. No dude en contactar con nosotros para solicitar más información.